A partir del 01/04/2019 las compañías aseguradoras estarán autorizadas a celebrar contratos para automotores y/o remolcados con límites de cobertura uniformes por $10.000.000. Cabe destacar que este monto, anteriormente, era de $6.000.000. Esta medida incluye a las categorías de automóviles y camionetas, vehículos remolcados, autos de alquiler sin chofer, motovehículos y bicicletas con motor y casas rodantes.
En el caso de Taxis y Remises, Máquinas Rurales y Viales, Camiones y Semitracciones, Acoplados y Semirremolques, Servicios de Urgencia y Fuerzas de Seguridad dichos límites ascienden de $18.000.000 a $22.000.000.